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¿ ACCION INDIVIDAL O COLECTIVA PARA LOS CONSUMIDORES ?

 

Si tuviésemos que destacar un Titular de lo relatado en el Congreso promovido por ADICAE, con la colaboración del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, seria la INDEFENSION TOTAL Y ABSOLUTA de los consumidores frente al mercado, además de SOLEDAD de los mismos frente a los órganos jurídicos, titular en el que coinciden diversos sectores, representados en las ponencias de esta jornada, celebrada el pasado 2 de Octubre, en la “Casa de los Abogados”, Sede del Consejo General del Poder Judicial, en Madrid.

 

 

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De destacado interés fueron los palabra de José María Paz y Carlos Varela, fiscales, Jefe de la Sala Civil del     TS y Superior de Justicia, respectivamente, reiteran la necesidad de una Sala especializada en Consumo para el TS, explican que están personados en numerosas causas relativas al derecho de los consumidores, ya que la Fiscalía (Ministerio Publico) está ,para asegurar la defensa de la sociedad, y por supuesto la de los consumidores, aseveran que el problema de las acciones colectivas de los consumidores, esta de base en nuestra Ley de Enjuiciamiento Civil, que entiende solo de A contra B, “Cayo contra Ticio “.

Y es que nuestro ordenamiento Jurídico no está preparado para estas macro demandas, para ejercitar una acción colectiva de multitud de demandantes, están de acuerdo ambos, que este problema se debería de atajar desde todos los colectivos de justicia.

Discurso importarte el que plantean tres docentes , dedicados y especializados al tema de consumo y a la acción colectiva, así , Dña. Matilde Cuena, en una sesión reivindicativa, trató de explicarnos como la gran problemática de tener que iniciar acciones individuales y no colectivas, era la EXCLUSION SOCIAL, mientras unas personas pueden permitirse acceder a los Tribunales, otras no tienen ni para comer.

Propone soluciones y asegura ,que así se esta haciendo, por el colectivo de notarios, mediante una comisión , donde se estaría estudiando la obligación de advertir al cliente sobre la firma de clausulas abusivas.

En torno a otro orden de materias, advirtió cómo los bancos alegan la no transparencia de sus actos para salvaguardar la Ley de Protección de datos, actitud absurda en todos los extremos por parte de la banca.

Don Eduardo Vázquez, profesor de la Universidad de Cantabria, retóricamente elevo la pregunta de que clausulas serian abusivas y cuales no, poniendo el claro ejemplo del año comercial, que cuenta con 360 días, y cómo cualquier producto bancario que nos venden, cuenta con 365 días anuales paradójicamente, por tanto hay 5 días que ya estamos pagando los correspondientes intereses en su caso que no nos corresponderían ; al igual que su compañero Manuel Jesús Marín, que trato un tema candente y controvertido en nuestros días, los temidos intereses, cuando podemos considerar el interés abusivo y cuando no, explicando la Reforma de la Ley Hipotecaria, art. 114.3.

Sin lugar a dudas la exposición mas critica e irónica de todas ellas ha sido la de Francisco Javier Tirado, compañero y profesor Titular de Derecho Mercantil, gran especialista en derecho de seguros , en una exposición didáctica clara, explicó que el engaño de las compañías de seguros lo consiguen mediante la PRIMA, trató sobre la competencia desleal de los seguros ofrecidos vía internet, y es que si el riesgo que estamos asegurando es el mismo en una compañía de seguros que en otra, debería de valer lo mismo.

Era imposible tratar estos temas si aludir a la entidad del Registro, y para ello contaban las jornadas con Carlos Balluguera, Registrador de la propiedad, que nos hizo reflexionar sobre las clausulas abusivas para los consumidores, por parte de las grandes empresas y del sistema bancario, propone DOS SOLUCIONES:

  • Importantes sanciones a la banca
  • Crear Tribunales específicos para esta materia.

Después de escuchar a cada uno de ellos, y a compañeros profesionales de consumo, dedicados a esta problemática, hacemos un ruego sobre la necesidad de avance por parte de nuestra Jurisprudencia y órganos Estatales , es cierto que el derecho surge de las necesidades de un pueblo, y en este caso la normativa de consumo no avanza con la necesidad de sus consumidores.


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